La jurisdicción especial indígena es reconocida constitucionalmente por primera vez en 1991, aun cuando esta opera desde la época de la conquista.
- Libertad de credo o de culto
- la prohibición de la tortura
- A la defensa
- Al debido procedimiento acusatorio
- Los procedimientos de investigación de delitos y penas correspondientes
- la prohibición de la esclavitud en cualquiera de sus formas.
- En el caso especial de la sentencia 030/00 el derecho a un nombre, a una familia y al bienestar en general que se violo dado que la cultura a la que pertenecen los padres de estos gemelos no permite la asociación de estos a la comunidad, debido a sus creencias.
La jurisdicción especial indígena se define como una institución en virtud de la cual se da la facultad constitucional a los pueblos indígenas de administrar justicia de manera autónoma , conforme a las normas y procedimientos establecidos por su comunidad cultural, siempre y cuando estos no sean inconstitucionales, analizándolos siempre a la luz de l principio de diversidad étnica y cultural..