Esta sentencia fue la primera
en tratar el tema concerniente a los límites que deben respetar las autoridades
indígenas puesto que estos aunque tienen autonomía y un régimen unitario, su
proceder debe estar en congruencia con la constitución, por otro lado también
trata los temas de jurisdicción indígena, vigencia de los derechos
fundamentales, principio de diversidad étnica y cultural, así como las penas de
destierro y confiscación.
Esta tutela en particular fue
impuesta por el indígena Ananías Narváez en contra de la directiva del cabildo
indígena del tambo, ya que este al desterrarlo de su tierra vulnero sus
derechos puesto que en la constitución se prohíben las penas de destierro, prisión
perpetua y confiscación; alegando que no solo le habían expulsado de sus
tierras, sino que lo despojaron de sus cultivos, teniendo en cuenta su avanzada
edad y las condiciones del mismo dado que tiene 7 hijos, este fue expulsado por
el delito de hurto, al cual el petente responde que este delito se impuso sin
ningún tipo de investigación previa, sino como respuesta a rumores. [1]
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